Industria oficializa el cierre del grupo 2 de la térmica de Compostilla

La resolución fija en cuatro años el plazo máximo en el que Endesa Generación deberá proceder al desmantelamiento parcial de la central
Imagen de la central térmica de Compostilla. / C. Sánchez

La secretaría de Estado de Energía, dependiente del ministerio de Industria, ha hecho pública este miércoles a través del Boletín Oficial de la Provincia (BOP) la resolución de la dirección general de Política Energética y Minas por la que se autoriza a Endesa Generación SA al cierre del grupo 2 de la central Térmica de Compostilla, en Cubillos del Sil.

Tras el informe previo relativo al citado cierre emitido por Red Eléctrica de España, en su calidad de operador del Sistema, la dirección general de Política Energética y Minas ha resuelto: primero, a autorizar a Endesa Generación al cierre del grupo 2 de la central Térmica de Compostilla, que deberá realizarse en el plazo de tres meses contados a partir de la fecha de la resolución publicada este miércoles en el BOP.

En segundo lugar a cancelar la inscripción en el Registro administrativo de Instalaciones de Producción de Energía Eléctrica del grupo 2 de la central Térmica de Compostilla en el momento en que el cierre de la central se haga efectivo de acuerdo con lo previsto en la resolución.

En tercer lugar, en el plazo máximo de tres meses a partir de la fecha de la presente resolución, el grupo 2 de la central Térmica de Compostilla quedará declarado indisponible y, en su caso, Endesa Generación perderá cualquier derecho de cobro en aplicación de la orden ITC/3127/2011, de 17 de noviembre, por la que se regula el servicio de disponibilidad de potencia de los pagos por capacidad y se modifica el incentivo a la inversión a que hace referencia el anexo III de la orden ITC/2794/2007, de 27 de septiembre, por la que se revisan las tarifas eléctricas a partir del 1 de octubre de 2007.

En cuarto y último lugar, la resolución fija en cuatro años el plazo máximo en el que Endesa Generación deberá proceder al desmantelamiento parcial del grupo 2 de la central Térmica de Compostilla.

Esta autorización se concede sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables, en especial la licencia de obras de carácter municipal, con las condiciones especiales siguientes.

Si Endesa Generación no hubiera procedido al cierre del grupo 2 de la central Térmica de Compostilla en el plazo establecido, se producirá la caducidad de la autorización. A estos efectos, el jefe de Dependencia del Área de Industria y Energía de la subdelegación del Gobierno en León levantará acta de cierre cuando este se haga efectivo, remitiendo la misma a la dirección general de Política Energética y Minas. El jefe de Dependencia del Área de Industria y Energía de la subdelegación del Gobierno en León levantará acta de Desmantelamiento cuando este se haga efectivo, remitiendo la misma a la dirección general de Política Energética y Minas.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de alzada ante el secretario de Estado de Energía en el plazo de un mes.