Los Juzgados de Ponferrada continúan dando la razón a los preferentistas que han demandado al Banco Ceiss por la masiva e incorrecta comercialización a clientes minoristas y ahorradores tradicionales de participaciones preferentes y obligaciones subordinadas, productos catalogados por la CNMV y el Banco de España como complejos y de riesgo.
En esta ocasión se trata de dos sentencias que declaran la nulidad de los contratos por participaciones preferentes que Banco Ceiss suscribió con un dos matrimonios. En el primer caso se le condena a devolver 36.000 euros a un matrimonio (albañil y ama de casa) que no tenían ningún conocimiento ni experiencia en inversiones y en mercados financieros. Y en el segundo caso, tendrá que abonar a un matrimonio de jubilados de Ponferrada, también sin conocimientos financieros, la cantidad de 59.000 euros.
Los demandantes, de los cuales los segundos pertenecen al colectivo de la Asociación de Preferentistas afectados por Caja España con sede social en El Toralín, interpusieron las correspondientes demandas en los Juzgados de Ponferrada en junio y octubre de 2013, han sido defendidos por los abogados de Despacho Ábaco de Ponferrada, que están defendiendo a este colectivo.
Las Sentencias consideran que el Banco Ceiss incumplió el deber legalmente exigible de informar adecuadamente a sus clientes de las características y riesgos del producto, quienes prestaron su consentimiento por error y sin realmente saber que estaban adquiriendo unos productos complejos y de riesgo, totalmente contrarios a lo que ellos pretendían, que era no perder sus ahorros
Este error en el consentimiento determina la nulidad del contrato de adquisición de las Participaciones Preferentes, y condena al Banco Ceiss a devolver a los demandantes la totalidad del dinero invertido en la compra de esos productos, más los intereses legales desde la fecha de suscripción, y a los clientes a de devolver los intereses percibidos.
Las Sentencias también condenan al Banco Ceiss a pagar las costas de los dos juicios.