PREMIOS MUJER 2024

El 3 de mayo es la fecha prevista para la disolución de las Cortes y el 26 de junio para las elecciones

La constitución del nuevo parlamento será el 20 de julio. La campaña electoral durará desde las cero horas del 10 de junio a las veinticuatro horas del viernes 24

Servimedia/Ical | El presidente del Congreso, Patxi López, volverá el próximo 3 de mayo al Palacio de la Zarzuela para refrendar el decreto que firma el rey disolviendo las Cortes y convocando nuevas elecciones generales para el 26 de junio.

Los servicios jurídicos de la Casa Real y del Congreso ya trabajaban desde hace días en la elaboración de este decreto de disolución de Cortes y convocatoria de nuevas elecciones, que ahora ultiman después de que, tras la ronda de contactos, el jefe del Estado haya constatado que no hay ningún candidato que reúna los apoyos suficientes para someterse a la investidura a la Presidencia del Gobierno.

El decreto que previsiblemente firmará el rey el próximo 3 de mayo, con el refrendo del presidente del Congreso para convocar elecciones el 26 de junio, establecerá a su vez el 20 de julio como la fecha para la constitución de las nuevas Cortes.

En ese decreto, y según los textos anteriores de convocatorias electorales, aparecerán varios artículos con la disolución de Congreso y Senado; la convocatoria de elecciones; el número de diputados y senadores que corresponden a cada circunscripción; la fecha de la campaña electoral; la reunión constitutiva de las Cámaras; y las normas por las que se rigen estas elecciones.

Por tanto, el decreto fija hasta tres fechas concretas en aplicación de la ley electoral: la de las elecciones, la de inicio de la campaña electoral y la de constitución de las nuevas Cortes. En esta ocasión, serán el 26 de junio (elecciones); la campaña electoral durará desde las cero horas del 10 de junio a las veinticuatro horas del viernes 24; y la reunión de las Cámaras, en sesiones constitutivas, para su constitución será el 20 de julio.

Esta última fecha, la de la convocatoria de la constitución de las Cortes, en aplicación del artículo 68.6 de la Constitución, se produce 25 días después de la celebración de las elecciones y haciéndolo coincidir con un miércoles, día habitual para la celebración de los plenos en el Congreso.

Este decreto de disolución de Cortes y convocatoria de nuevas elecciones generales lo firma el Rey con el refrendo del presidente del Congreso. De ahí que el próximo martes 3 de mayo esté previsto, por la mañana, que López se desplace hasta el Palacio La Zarzuela, ya que para refrendar el decreto que firma Felipe VI tiene que plasmar su firma físicamente y en persona.

Una vez el decreto tengas las dos rúbricas se dará traslado al Boletín Oficial del Estado (BOE) que lo publicará, con entrada en vigor el día 3 de mayo, el mismo día en la versión digital.