En España, solo los electores residentes en el país pueden utilizar la aplicación para presentar la solicitud electrónica de voto por correo. Sin embargo, aquellos cuya solicitud sea aceptada por la Oficina del Censo Electoral, no podrán ejercer su voto en la mesa electoral el día de la votación.
Además, los electores residentes en el extranjero que se encuentren temporalmente en España y tengan derecho de voto en las elecciones convocadas también pueden solicitar el voto por correo.
Sin embargo, es importante tener en cuenta que los electores residentes en España que se encuentren temporalmente en el extranjero y los electores residentes en el extranjero que soliciten el voto desde su país de residencia no pueden hacer uso de esta opción.
Para solicitar el voto por correo de forma online, es necesario contar con un certificado DNI Electrónico o un certificado digital válido. Los pasos a seguir son los siguientes: completar los datos requeridos, firmar electrónicamente y descargar la solicitud.
Una vez completado este proceso, la Oficina del Censo Electoral revisará y aprobará la solicitud. En caso de aprobación, se remitirá la documentación necesaria para realizar el voto a la dirección indicada en la solicitud.
El plazo de presentación de la solicitud de voto por correo comienza a partir de este martes y se extiende hasta el día 13 de julio de 2023, incluido.
Una vez que se reciba la documentación, el solicitante podrá ejercer su derecho al voto entregando el sobre en una oficina de Correos. Es importante tener en cuenta que el plazo para depositar el sobre con el voto vence el 19 de julio de 2023, en los horarios habituales de apertura de las oficinas postales.