La plusvalía municipal, que es como se conoce al Impuesto sobre el Incremento de los Terrenos de Naturaleza Urbana es un tributo que se paga a los ayuntamientos al vender, heredar o donar una vivienda. Este impuesto ha sufrido, en los últimos meses, cambios significativos en cuanto a su forma de calcular su base imponible, tal y como analizamos a continuación desde Fotocasa.
¿Cómo se calcula la plusvalía municipal?
Este año se han introducido algunos cambios en cuanto a cómo calcular la plusvalía municipal: mediante el mecanismo objetivo o mediante el mecanismo real.
Mediante la calculadora de plusvalía municipal de Fotocasa podemos saber cuánto pagaremos al vender un piso con las dos nuevas fórmulas de calcular el impuesto.
Y es que, debido a los cambios en torno a la regulación de esta tasa, existe actualmente la posibilidad de elegir entre dos vías diferentes a la calcular la Base Imponible del impuesto:
Mediante el Mecanismo Objetivo
Para ello, se tienen en cuenta los años transcurridos entre la adquisición de la propiedad y el momento de su transmisión.
Mediante el Mecanismo Real
Tiene en cuenta la Ganancia Patrimonial obtenida por la transmisión de la vivienda sin importar el número de años que el propietario haya estado en propiedad de la misma.
A modo de ejemplo:
Queremos vender un inmueble por 180.000 euros, cuyo valor catastral es de 130.000 euros, y que compramos hace 10 años por un importe de 130.000 euros. El valor del suelo supone el 50% del valor catastral.
Según la calculador de plusvalía municipal de Fotocasa, si vendiéramos el inmueble tendríamos que pagar:
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1.560 euros si nos decantamos por el mecanismo de cálculo objetivo
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3.000 euros si elegimos el mecanismo de cálculo real
La opción más ventajosa para el vendedor dependerá de la diferencia de estos dos datos y el diferencial sobre el que se realice el cálculo del nuevo impuesto de la plusvalía municipal. Con el mismo diferencial, al vendedor le convendrá más utilizar el dato que sea más bajo. En este caso, el cálculo objetivo, que ascendería a 1.560 euros.
Dado que se trata de una venta deberíamos pagar el importe que elijamos -objetivo o real- en un plazo de 30 días desde la fecha de la compraventa. Lo mismo sucedería si se tratara de una donación. Sin embargo, en el caso de las herencias, el plazo para pagar el impuesto es de seis meses.
Coeficientes de plusvalía municipal para la venta de inmuebles
De acuerdo con el proyecto presupuestario de 2023, los coeficientes de la plusvalía municipal se elevaron a principios de año para las ventas de viviendas. Quedaron de la siguiente manera:
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Menos de 1 año: 0,15
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1 año: 0,15
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2 años: 0,14
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3 años: 0,15
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4 años: 0,17
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5 años: 0,18
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6 años: 0,19
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7 años: 0,18
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9 años: 0,12
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10 años: 0,10
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11 años: 0,09
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12 años: 0,09
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13 años: 0,09
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14 años: 0,09
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15 años: 0,10
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16 años: 0,13
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17 años: 0,17
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18 años: 0,34
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19 años: 0,29
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20 años: 0,45
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Sin embargo, dado que se trata de un tributo cedido a los ayuntamientos, éstos tienen la potestad de aplicarlos o no.
Y no sólo eso. También pueden reducir los coeficientes, dado que los establecidos por el Gobierno representan los máximos, por no hay unos mínimos fijados.
Coeficiente de plusvalía municipal para la venta de inmuebles en El Bierzo
Buen ejemplo de ello lo dio el ayuntamiento de Ponferrada, un municipio de la provincia de León, que decidió modificar la ordenanza introduciendo algunos cambios. Los más importantes, según fuentes municipales, fueron:
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Una rebaja del 10% en todo el municipio, -donde también se encuentra El Bierzo-, de modo que el gravamen se sitúa en el 27%.
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No sujeción al impuesto en las transmisiones si no existe incremento de valor entre la fecha de transmisión y la de adquisición
Según las mismas fuentes, el ayuntamiento de Ponferrada recaudará anualmente unos 550.000 euros menos, debido a esta modificación.