En septiembre de 2023 la Fiscalía solicitaba nueve años de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena; inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo así como para el ejercicio de la profesión médica durante el tiempo que dure la condena de prisión y prohibición de aproximarse o residir a una distancia de 500 metros de la víctima y de comunicarse por cualquier medio con la misma o con cualquiera de sus progenitores por un periodo de 17 años a un médico por realizar tocamientos a una joven que entonces tenía 19 años en el centro de salud de Toral de los Vados el año 2021.
En el juicio celebrado en octubre del año pasado en la Audiencia Provincial de León, quedaron probados los hechos y el agresor, T.F.C., fue condenado “como autor de un delito de agresión sexual con prevalimiento a la pena de siete años y cuatro meses de prisión, con inhabilitación especial del derecho sufragio pasivo durante la condena e inhabilitación para el ejercicio de la profesión médica durante el tiempo de la condena y la prohibición de aproximación a la víctima a una distancia de 500 metros, su domicilio, lugar de trabajo o estudios y de comunicación con ella por cualquier medio durante 8 años y cuatro meses”.
Ahora, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha desestimado “casi íntegramente” el recurso de apelación del médico acusado, modificando la calificación de los hechos de “agresión sexual” a “abuso”.