Los centros educativos que no hayan finalizado la segunda evaluación deberán realizarla por medios telemáticos

Una instrucción de la Consejería apunta que los docentes tomarán como referencia los contenidos impartidos hasta el 13 de marzo

Los centros educativos de Castilla y León, tanto públicos como privados, que no hayan finalizado o realizado la segunda evaluación deberán llevarla a cabo por medios telemáticos, debido al estado de alarma decretado por el Gobierno de la Nación con motivo de la crisis sanitaria provocada por el Covid-19. En este sentido, los docentes tomarán como referencia los contenidos que se han impartido hasta el 13 de marzo, que fue el día de la suspensión de la actividad educativa presencial en todos los centros y etapas, ciclos, grados, cursos y niveles de enseñanza, incluida la enseñanza universitaria.

Una instrucción de la Consejería de Educación -que firma el director general de Centros, Planificación y Ordenación Educativa, José Miguel Sáez- concreta “algunos aspectos” de los procesos que se desarrollan en los centros educativos que imparten enseñanzas no universitarias en la Comunidad, en concreto sobre la realización de la segunda evaluación del presente curso académico 2019/2020.

El texto, consultado por la Agencia Ical, recoge que la suspensión de la actividad educativa presencial ha supuesto una “reorganización” que afecta a toda la comunidad educativa e implica el desarrollo de distintas actuaciones por partes de los equipos directivos, los órganos colegiados y de coordinación docente, los tutores, el profesorado y la inspección educativa, “con la finalidad de que dicha suspensión origine el menor daño posible a la evolución del proceso de enseñanza aprendizaje”.

Entre esas instrucciones, figura que los centros educativos que hubieran celebrado la sesión de la segunda evaluación antes de la suspensión de las actividades educativas presenciales y no aún no hayan informado al alumnado ni a sus familias, los tutores darán a conocer los resultados y las notas, “preferentemente a través de medio electrónicos”.

La Consejería concluye que, dado que la evaluación tiene un “marcado” carácter continuo y formativo y con la finalidad de reconocer el esfuerzo realizado por el alumnado durante la suspensión de actividades presenciales, también se podrán tener en cuenta las tareas, proyectos, actividades o pruebas realizadas durante el cierre de los colegios.