Los vigilantes municipales se convierten en agentes de Policía Local

La Comunidad cuenta con 42 profesionales de 21 municipios de Castilla y León
Imagen de archivo de la Policía de Ponferrada. / QUINITO

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó este viernes la modificación de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla y León que permite que los vigilantes municipales que estén clasificados en las plantillas de personal del respectivo municipio como funcionarios de carrera de la escala de administración especial pasarán a la categoría de agente del Cuerpo de Policía Local de la localidad. En la actualidad, la Comunidad cuenta con 42 agentes de estas características de 21 municipios de Castilla y León

La integración se producirá siempre y cuando los municipios creen un Cuerpo de Policía Local y que los vigilantes municipales cuenten con la titulación correspondiente a la categoría de agente de policía local y que hayan superado el curso de formación básica para policías locales. Además, los que no dispongan de la titulación requerida o que no hayan superado el curso de formación básica para policías locales quedarán adscritos en su subgrupo de origen en situación ‘a extinguir’. En la misma situación quedarán los vigilantes municipales de aquellos municipios donde no se cree el Cuerpo de Policía Local.

El pleno de las Cortes aprobó en junio, con la abstención del PSOE y el voto a favor del resto de grupos, una modificación de la Ley de Coordinación de Policías Locales. El consejero de Fomento y Medio Ambiente, Juan Carlos Suárez-Quiñones, explicó que el proyecto de ley por el que se modifica la ley de 2003 de Coordinación de Policías Locales de Castilla y León eliminaba el anterior requisito de contar con un cuerpo con un mínimo de siete agentes y se suprime el informe preceptivo y no vinculante de la Consejería competente en la materia para la creación del Cuerpo de Policía Local en los municipios que cuenten con menos de 5.000 habitantes, manteniendo únicamente en este caso la obligación de comunicación.

Según la norma, para la integración de los vigilantes municipales será necesario la creación de un Cuerpo de Policía Local en el respectivo municipio, de acuerdo con la sentencia del Tribunal Constitucional de 2015, que cuenten con la titulación correspondiente a la categoría de agente de policía local y que hayan superado el curso de formación básica para policías locales.